Responsabilidad deportiva de los atletas profesionales: esquiadores y jugadores de futbol a la luz del Derecho vigente.

Salvatore Aceto di Capriglia
2018-01-01

2018
Deporte y responsabilidad es un binomio, que más allá de las apariencias, no es contradictorio: el primero, lúdico y recreativo; el segundo referido a la violación de reglas y preceptos que pueden producir efectos en el plano procesal y/o resarcitorio. De importancia central en la responsabilidad deportiva es el común denominador en las diversas clasificaciones del “riesgo deportivo”, que se incluye en la acepción más amplia del “riesgo consentido” para aquellas actividades consideradas socialmente útiles. Esto representa una causa de justificación no codificada. El recurso al criterio de la culpa en la verificación de los ilícitos es común en la experiencia norteamericana en la que se atribuye el derecho al resarcimiento sólo en el caso de que los ilícitos sean cometidos con dolo o excedan del riesgo normal. La responsabilidad de los padres se califica como objetiva, por razones de eficiencia económica y así sucede también en otros ordenamientos jurídicos de civil law. Es determinante a los fines de la exoneración de la responsabilidad la aceptación del riesgo, para la cual es suficiente la capacidad natural del menor, orientación, que también se comparte en otros modelos jurídicos
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